Disposición Normativa-Serie "A" Nº 074/87

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Determinación 3ra. cuota año 1987.-


La Plata, 17 de julio de 1987.-

VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Resolución Ministerial 354/87 se modifica la Resolución N° 196/87 y se establece la base de cálculo para el cobro de la 3ra. cuota del Impuesto a los Automotores año 1987;

Que en virtud de la facultad conferida por los Artículos 54º y 175º del Código Fiscal - Ley 10397, corresponde a esta Dirección Provincial disponer el cobro de la 3° cuota del Impuesto a los Automotores del año 1987;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Establecer como cuota 3 del Impuesto a los Automotores año 1987 (cuota 3/87) el monto resultante de aplicar la siguiente metodología:

Impuesto 1987 (Ley 10473 y Decreto N° 1863/87)
x 1,312 x 0,13898

con vencimiento los días 10 y 18 de agosto de 1987, para las partidas impares y pares, respectivamente.-

Artículo 2º: Establecer en el 14 mensual el recargo a aplicar en los recibos de pago de la emisión general de la cuota 3/87, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 58° de la Ley 10.397.-

Artículo 3º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.

 

CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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