Disposición Normativa-Serie "A" Nº 062/87

ASUNTO: Contribución para el Fondo Provincial de la Vivienda 1987 FO.PRO.VI. Ampliación del Plazo para el pago en término.-


La Plata, 8 de junio de 1987.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 54/87, en su Artículo 1° se fijaron las fechas para el pago en término de la contribución especial para el Fondo Provincial de la Vivienda 1987 (FO.PRO.VI) para la planta urbana edificada y baldía;

Que dificultades operativas en la emisión de los respectivos recibos de pago, imposibilitan su distribución a los contribuyentes en forma oportuna;

Que como consecuencia de lo expuesto y a fin de posibilitar el cumplimiento del pago en término de la obligación fiscal por parte de los contribuyentes, procede otorgar un plazo especial para su ingreso;


Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Unificar en el día 11 de junio de 1987 las fechas de vencimiento para el pago de la Contribución Especial para el Fondo Provincial de la Vivienda 1987 (FO.PRO.VI.) en la planta urbana, edificada y baldía, para las partidas impares y pares.-

Artículo 2º: Considerar como abonados en término los pagos de la Contribución Especial para el Fondo Provincial de la Vivienda 1987 (FO.PRO.VI.) en la planta urbana, edificada y baldía, que efectúen hasta el día 10 de julio de 1987, para las partidas impares y pares.-

Artículo 3º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 4°: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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