Disposición Normativa-Serie "A"
Nº 061/87
ASUNTO: Impuesto a los Automotores. Subcategorización.-
La Plata, junio de 1987.-
VISTO:
Que existen en plaza, nuevas marcas y modelos de vehículos no encontrándoes
en consecuencia categorizados y subcategorizados en la Ley Impositiva
del Impuesto a los Automotores 1987 (Ley 10.473/87),y
CONSIDERANDO:
Que poe el Artículo 174° del Código Fiscal Ley 10.397
se faculta a esta Dierección Provincial para resolver sobre los
casos de determinación que pudieran presentarse;
Que asimismo por el Artículo 30° del Decreto 9394/86 (Reglamentación
del Código Fiscal) se establece que se tendrá en cuenta
para la subcategorización la aproximación del valos del
vehículo al de los grupos que se envuentran categorizados.
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:
Artículo 1º: Establecer las categorías y subcategoría
que en cada caso se enuncian, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo
11 de la Ley 10.473 para los siguientes vehículos correspondientes
al Inciso A) del mismo, cuyas marcars y modelos se consignan a continuación:
SEGUNDA CATEGORIA SUBCATEGORIA B):
FIAT 128 SUPER EUROPA T.R.
FIAT REGATTA 85 BASE
FIAT REGATTA 85 FULL
FIAT REGATTA 100 FULL
FIAT REGATTA WEEK END FULL
FORD SIERRA G. L.
PEUGEOT 504 G.R. II BASE
PEUGEOT 504 G.R. II FULL
RENAULT 11 G.T.L.
RENAULT 11 T.S.E.
RENAULT 11 TURBO
VOLKSWAGEN GACEL G.L. FULL
SEGUNDA CATEGORIA SUBCATEGORIA C):
FORD SIERRA RURAL GHIA FULL
FORD SIERRA G.L.C. /A.A.
FORD SIERRA GHIA FULL
FORD SIERRA GHIA S.
PEUGEOT 505 TURBO DIESEL
PEUGEOT 505 S.R.D. FULL
PEUGEOT 505 S.R. FAMILIAR
PEUGEOT 505 S.R.D. BASE
PEUGEOT 505 S.R. INJECTION
RENAULT 18 G.T.X. II
RENAULT 18 G.T.X. II BREAK
RENAULT 18 G.T.L. C/AA BREAK
RENAULT FUEGO G.T.X.
TERCERA CATEGORIA SUBCATEGORIA B):
FORD FALCON GHIA 3,6
PEUGEOT 505 S.R. BASE
PEUGEOT 505 S.R. FULL
VOLKSWAGEN CARAT
Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a
la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la
presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda,
circúlese y archívese.-
CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA
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