Disposición Normativa-Serie "A"
Nº 059/87
ASUNTO: Impuesto de Sellos. Facilidades de pago del Artículo
238° del Código Fiscal (Ley 10.397). Tasa de interés
aplicable a las cuotas.-
La Plata, 3 de junio de 1987.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 238 del Código Fiscal (Ley 10.397) prevé
la posibilidad de otrorgar facilidades para el pago del Impuesto de Sellos
que grava los contratos de realización de obras o presentación
de servicios o suministros, cuyos plazos de duración sean de treinta
(30) meses o más;
Que las cuotas que se acordaren devengarán un interés equivalente
al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones
de descuento a treinta (30) días;
Que el Sector Estadística ha emitido informe de las tasas de interés
vigentes para los distintos períodos, calculadas en función
de la tasa aplicada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en dichas
operaciones;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:
Artículo 1º: Establecer que la tasa de interés aplicable
a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere
el Artículo 238 de la Ley 10.397, para los meses que a continuación
se detalla, son los siguientes:
JULIO 1985...........................4,83
AGOSTO 1985.......................4,83
SEPTIEMBRE 1985.................4,83
OCTUBRE 1985.....................4,36
NOVIEMBRE 1985..................4,36
DICIEMBRE 1985..................4,36
ENERO 1986.........................4,36
FEBRERO 1986.................... 4,36
MARZO 1986....................... 4,36
ABRIL 1986......................... 4,36
MAYO 1986......................... 4,36
JUNIO 1986......................... 4,58
Artículo 2º: La presente Disposición tendrá
vigencia a partir del día de la fecha.-
Artículo 3º: Regístrese, diríjase
nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación
de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quien
corresponda, circúlese y archívese.-
CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA
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