Disposición Normativa-Serie "A" Nº 045/87

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 2da. cuota año 1987. Plazo para el pago en término.-


La Plata, 27 de abril de 1987.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 45/87 en su Artículo 1° se unificaron en el día 22 de abril de 1987, las fechas de vencimiento para las partidas impares y pares de la 2° cuota del Impuesto Inmobiliario año 1987, cuyo domicilio postal se citan en dicho Artículo;

Qu en el citado Artículo 2° de la mencionada Disposición se considerarán como abonados en término, los pagos efectuados hasta el 22 de mayo para las partidas impares y pares cuyos domicilos postales no fueran consignadas en el Artículo 1°;

Que a fin de unificar el tratamiento fiscal para modos los contribuyentes, resulta necesario unificar ambas fechas para el pago;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1°: Considerar como abonados en término, los pagos de la 2° cuota del Impuesto Inmobiliario año 1987, cuyo código postal se consigna en el Artículo 1° de la Disposición Normaiva Serie "A" N° 42/87 que se abonen hasta el día 22 de mayo de 1987, par las partidas impares y pares.

Artículo 2°: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideran firmes y sin derecho a repetición

Artículo 3°: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-



CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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