Disposición Normativa-Serie "A" Nº 036/87

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Convenio Multilateral. Ampliación para el pago en término del 1er. período 1987 de contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires, con sede de pago en la Provincia de La Pampa.-


La Plata, 31 de marzo de 1987.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que mediante radiograma de fecha 20 de marzo de 1987, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral de 18/08/77, solicita a esta Dirección Provincial la posibilidad de ampiar el plazo de pago para el 1° período año 1987 a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos adheridos al régimen de Convenio Multilateral, con sede de pago en la Provincia de La Pampa;

Fundamenta tal petición en el hecho de haberse producido inconvenientes en la distribución de declaración jurada y boleta de pago CM 03;

Que atento a ello, resulta necesario ampliar el plazo de pago para permitir el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes afectados;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos del 1° período año 1987, de aquellos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, adheridos al Convenio Multilateral, con sede de pago en la Provincia de La Pampa, que se realicen hasta el 20 de marzo de 1987.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se considerarán firmes y sin derecho a repetición

Artículo 3°: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-


CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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