Disposición Normativa-Serie "A" Nº 017/87 ASUNTO: Índices de Liquidación. Artículo
57° Código Fiscal. Ley 10.397. Emisión marzo de 1987.- Que por Resolución Ministerial Nº 189 de fecha 9 de marzo de 1987, se fija en el ocho por ciento (8) la tasas de interés a que se refiere el primer párrafo del Artículo 57° del Código Fiscal-Ley 10.397, modificado por Ley 10.472, la que regirá desde el día 2 de marzo de 1987; Que por el Sector Estadística de la Direccion Provincial de Rentas se han elaborado los "índices de liquidación" correspondientes al mes de marzo de 1987; Que en consecuencia, corresponde proceder a la aprobación de los "índices de liquidación" pertinentes; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Establecer que la tasa de interés
mensual a aplicarse a partir del día 2 de marzo de 1987, con motivo
de lo dispuesto en el Artículo 57° del Código Fisacal-Ley
10.397 modificada por la Ley 10.472, será del ocho por ciento (8).- Artículo 2°: Aprobar los "índices de liquidación" expresados en los anexos que se adjuntan y forman parte integrante de la presente, para la liquidación de deuda de los impuestos cuya autoridad de aplicación sea la Dirección Provincial de Rentas, cuyos vencimientos se hubieren operado en las fechas indicadas en los mismos.- Artículo 3º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del 2 de marzo de 1987.- Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota
a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de
la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes
corresponda, circúlese y archívese.- |
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