Disposición Normativa-Serie "A" Nº 007/87 ASUNTO: Decreto 2655 / 85. Fijación fechas vencimiento
de cuotas del plan de Facilidades de pago.- CONSIDERANDO: Que atento a lo expuesto resulta necesario fijar las fechas de vencimiento
de las cuotas que se otorguen en cada caso; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Fijar como fecha de vencimiento de la cuota
uno (1) del régimen de facilidades de pago establecidos por Decreto
Nº 2655/85, el día 20 del mes siguiente a la fecha de notificación
de la Resolución ministerial que lo otorgue. Los vencimientos de
las cuotas siguientes se producirán a los días 20 de cada
mes o trimestre, según se trate de cuotas mensuales o trimestrales.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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