Disposición Normativa-Serie "B" Nº 026/86 ASUNTO: Suspensión de la vigencia de
la Disposición Normativa Serie B Nº 21/86.- CONSIDERANDO: Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Sustitúyase el Artículo 10° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 21/86 por el siguiente texto:
El sistema de control del Artículo anterior será obligatorio para las operaciones realizadas a partir del 1º de junio de 1987, quedando derogado desde esa fecha el procedimiento establecido en el Artículo 2º de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 29/85.- Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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