Disposición Normativa-Serie "A"
Nº 124/86
ASUNTO: Impuesto a los Automotores.
Determinación 1ª cuota año 1987.-
La Plata, 30 de diciembre de 1986.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la facultad conferida por los Artículos 54° y 175° del
Código Fiscal 1986, corresponde a esta Dirección Provincial disponer el
cobro de la primera cuota del Impuesto a los Automotores del año 1987.-
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:
Artículo 1º: Fijar como cuota uno del Impuesto a los Automotores
año 1987 (cuota 1/87) el monto resultante de aplicar la siguiente metodología:
Impuesto 1986 (Ley 10.398) X 1,5384, con vencimiento 6 los días 5 Y 12
de enero de 1987, para los dominios impares y pares respectivamente.-
Artículo 2º: A los efectos de la consideración de la base
de cálculo para la fijación de la cuota citada en el Artículo 1°, corresponderá
asignar al modelo año 1986 el impuesto legislado para el modelo año 1985
en el período final 1986, respetándose igual sistema para los restantes
modelos-años en función de su antigüedad, respecto de la relación tomada.
Artículo 3º: La presente Disposición tiene vigencia a partir
del día de la fecha.-
Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la
Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente
en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda,
circúlese y archívese.-
DR. GUSTAVO D. BASTITTA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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