Disposición Normativa-Serie "A" Nº 099/86 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario año
1986. 5ª cuota. Plazo para el pago en Término.- Que dificultades operativas en la emisión de los recibos de pago, imposibilitaron su distribución a los contribuyentes en forma oportuna; Que como consecuencia de lo expuesto y, a fin de posibilitar el cumplimiento del pago en término por parte de los contribuyentes, procede considerar como abonado en término, los pagos de la 5ta. cuota año 1986 del Impuesto Inmobiliario.- Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término,
los pagos de la 5ta. cuota año 1986 del Impuesto Inmobiliario para
las partidas impares y pasers, que se ingresen hasta el día 20
de octubre de 1986.- Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
DR. GUSTAVO D. BASTITTA |
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