Disposición Normativa-Serie "A" Nº 085/86 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Régimen anticipo mensuales. Ampliación del Plazo para el
pago en Término anticipo julio 1986.-
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término
los pagos del anticipo correspondiente al mes de julio de 1986 para contribuyentes
del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluídos en el Artículo
141º del Código Fiscal 1986, que se abonen hasta el día
15 de septiembre de 1986.- Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del día de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.- |
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