Disposición Normativa-Serie "A" Nº 067/86 ASUNTO: Impuesto a los Automotores cuota 4/86.
Unificación fechas de vencimiento.. Plazo para el pago en Término.- Que dificultades operativas en la emisión de los respectivos recibos de pago, imposibilitarion su distribución a los contribuyentes en forma oportuna; Que como consecuencia de lo expuesto y a fin de posibilitar el cumplimiento del pago en término de la obligación fiscal por parte de los contribuyentes, procede unificar el vencimiento de los dominios impares y pares, haciéndolo coincidir con el fijado en último término; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Unificar en el día 10 de julio de 1986 las fechas de vencimiento para el pago de la cuarta cuota del Impuesto a los Automotores año 1986, para los dominios impares y pares. Artículo 2º: Considerar como abonados en término
los pagos de la cuarta cuota del Impuesto a los Automotores año
1986, que se ingresen hasta el 25 de julio de 1986.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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