Disposición 407/92 | ||
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| Ver Disposición 449/90 |
Visto la Disposición 449/90 :de la Dirección Provincial de Catstro Territorial y, CONSIDERANDO: Que por la citada Disposición se establece la inserción en el rubro observaciones del certificado catastral, de una leyenda destinada a establecer el carácter condicional de la valuación certificada; Que han surgido problemas de orden administrativo y operativo que dificultan la implementación del procedimiento; Que esos inconvenientes no podrían haber sido previstos ya que solo se han puesto de manifiesto una vez que el sistema adoptado fue llevado a la practica; Que esta situación aconseja suprimir el mecanismo estipulado en el acto administrativo de referencia; Por ello; EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CATASTRO TERRITORIAL Artículo 1°: Anúlase la Disposición 449 de fecha 20 de Marzo de 1990. Artículo 2°: Regístrese, notifíquese a quienes corresponda. Cumplido, archívese.
DISPOSICION N° 407/92 |
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