Disposición 824/91 DPCT  
  ...........................................................................................................................................................................................................................................................................  
     
   
     
  | Ver Circular 1/91 | Ver Anexo I | Ver Anexo II | Ver Anexo III |


La Plata, 24 de Mayo de 1991

Visto: El dictado de la Disposición 562/91 y la necesidad de reglamentar la misma en base a instrucciones precisas; y

CONSIDERANDO:

Que para posibilitar la optimización del trámite referido a la autorización para la inspección de la documentación a que hace referencia el artículo 6° del Decreto 2.489/63, la Dirección Provincial de Catastro Territorial ha dictado la Disposición 562/91;

Que la mencionada Disposición admite la participación de los profesionales habilitados para el ejercicio liberal de la Agrimensura, a los efectos de confeccionar el informe técnico, que servirá de base para el dictado de la Disposición de acuerdo a lo que prescribe el Decreto citado y la constancia de hecho a que alude la Disposición 562/91;

Que en consecuencia, es necesario la implementación de medidas tendientes a reglamentar el trámite administrativo, y la elaboración de pautas básicas a tener presentes al momento de elaborar el informe técnico;

Que estas pautas básicas son el producto de la experiencia acumulada en más de 28 años de aplicación al sistema, y que no obstante lo satisfactorio de sus resultados, ha puesto en evidencia determinadas falencias que es necesario superar;

Que las mencionadas falencias consisten, básicamente, en el hecho de que una vez dictada la citada Disposición, la misma continúa siendo utilizada en la inscripción de los documentos a que se refiere el artículo 1° del Decreto 2.489/63 aún en los casos en que el edificio o las unidades funcionales han sido concluidos, sin que ello signifique la actualización del plano de subdivisión ni la presentación de las declaraciones juradas de avalúo;

Que esta anómala situación, trae como consecuencia la evasión en la tributación del impuesto inmobiliario y en todos aquellos cuya base imponible se corresponde con la valuación fiscal del inmueble;

Que además es necesario reformular determinadas instrucciones, con la finalidad de flexibilizar las exigencias a tener en cuenta, fundamentalmente en el período que transcurre entre la aprobación del plano de subdivisión como proyecto y la materialización del mismo;

Que en el artículo 6° del Decreto citado, en su última parte exige la presentación de una constancia de hecho que indique si la unidad de dominio exclusivo es a construir o se encuentra en construcción o está habitada;

Que es necesario establecer los requisitos de trámite a adoptar, en consideración a la nueva situación planteada, y a la posibilidad de mejorar el servicio;

Que el artículo 13° del Decreto 2.489/63 faculta a la Dirección Provincial de Catastro Territorial a reglamentar el trámite administrativo y contenido de la documentación que se relacione con las normas del citado Decreto;

En uso de facultades que le son propias,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CATASTRO TERRITORIAL
DISPONE

Artículo 1°: Establécese que para el dictado de la Disposición que autoriza la inscripción de los documentos a que alude el artículo 6° del Decreto 2.489/63, las partes comunes y exclusivas del edificio deberán reunir las siguientes características:

Las unidades de dominio exclusivo deberán ser "a construir" o estar en construcción"

Las partes exclusivas y comunes deberán cumplir con las condiciones de dependencia o independencia estructural a que aluden los incisos a. y b. del artículo 6° del citado Decreto.

Deberá existir concordancia entre el proyecto reflejado en el plano de subdivisión y los hechos materiales inherentes al edificio.

En los casos en que la falta de concordancia precitada esté referida a modificaciones en el cuerpo del edificio que no alteren el perímetro de dominio de la unidad, ni impliquen la creación de nuevas unidades funcionales y/o complementarias, se otorgará la autorización solicitada, en la medida que se presente un plano de obra intervenido por la Municipalidad respectiva, que acredite los cambios introducidos y que el propietario manifieste contar con la conformidad de los copropietarios respecto de las modificaciones efectuadas.

Artículo 2°: Determínase que la solicitud de acogimiento a los términos del artículo 6° del Decreto 2.489/63, deberá ser realizada por quien acredite interés legítimo en el tema, por nota, a la que deberá adjuntarse al informe que como Anexo III forma parte de la presente, confeccionado por el profesional actuante resultante de la inspección a que alude el artículo 2° de la Disposición 562/91 de la Dirección Provincial de Catastro Territorial. Esta documentación deberá ser acompañada del original y cuatro copias de la Disposición tipo, que como Anexo I forma parte de la presente, y que será convenientemente completada por el profesional interviniente.

Artículo 3°: La constancia de hecho a que hace referencia el artículo 4° de la Disposición 562/91 consistirá en un informe tipo, que como Anexo II pasa a formar parte de la presente, referido al estado constructivo del inmueble, estipulándose que en el caso de encontrarse construido el edificio, o en condiciones de habitabilidad total o parcial, deberá confeccionarse la pertinente declaración jurada de avalúo. Ambos documentos, informe y declaración jurada, acompañarán la solicitud de certificado catastral que se solicite, el que a su vez deberá dejar constancia del contenido que informe de referencia.

Artículo 4°: Una vez ingresada la documentación a que hace alusión el artículo 2°, tomará intervención el Departamento de Propiedad Horizontal quien verificará la concordancia de la documentación presentada, con las constancias obrantes en la Repartición. No encontrando objeciones que realizar dará intervención a la Dirección Provincial para el dictado de la disposición correspondiente, prosiguiendo el trámite con su rutina habitual.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese a quien corresponda, dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

DISPOSICION N° 824

 

 

Anexo I

Visto lo actuado en el presente expediente número ................................................. por el cual se solicita se autorice la inscripción de los documentos a que hace referencia el artículo 1° del Decreto 2.489/63 sobre a/s Unidad/es ..................................................... con inscripción de dominio............................................... según constancia del plano de Propiedad Horizontal, P. H de acuerdo la las disposiciones del Decreto mencionado, y

CONSIDERANDO:

Que el pedido de referencia está contemplado por el Decreto 2.489/63, estableciendo como condición indispensable, un informe técnico, sobre determinadas condiciones de la construcción realizado por profesional habilitado, en los términos de la Disposición 562/91 de la Dirección Provincial de Catastro Territorial;

Que según el informe producido por el Agrimensor .................................... obrante a fs. ............................ del citado expediente se establece como resultado de la inspección ocular realizada, que la/s unidad/es funcional/es precitada/s, reúne/n la/s condición/es exigida/s en el inciso .................................................... del artículo 6° del referido Decreto:

Por ello, el Director Provincial de Catastro Territorial, en uso de facultades que le son propias;

DISPONE

Artículo 1°: Declarar que la/s unidad/es funcional/es N° ...................................... U comp .............................. del plano de PH ................................, reúnen las condiciones exigidas en el inciso ........................... del artículo 6 del Decreto 2.489/91.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a los Departamentos Zona ......................................, Propiedad Horizontal; remítase a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad para que, en caso de existir reglamento inscripto, tome conocimiento. Cumplido, vuelva al Departamento Despacho y Resoluciones de la Dirección Provincial de Catastro Territorial.

 

Anexo II

Informe sobre constatación del estado constructivo del edificio subdividido por el Régimen de Propiedad Horizontal (Ley Nacional 13.512) según plano P.H. .................................................. y sobre el cual se dictó la Disposición N° ........................... según la cual el bien subdividido cumplía los requisitos de los incisos c. y/o b. del artículo 6° del Decreto 2.489/63.

De acuerdo a la inspección ocular practicada por el suscripto, según lo establecido por el artículo 3° de la presente Disposición, el bien - objeto de la verificación designado catastralmente como: Partido ...........;; Circ. ....... ;Sec ........ ; Mz ........... ; Parcela ........ ; U. F. ..........; U. Comp. ........................, se encuentra
....................................................................................................................
....................................................................................................................
Observaciones............................................................................................
....................................................................................................................
Manifiesto que conozco las penalidades establecidas por la legislación vigente relativa a: "el que inserte o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas". C.P. Artículo 293°.

Lugar y Fecha: ....................................................................................................................

...............................................

Firma del profesional actuante

Nombre y Apellido:...........................................................................................

Matrícula C.P.A. (Ley 10.321) ........................................................................

Domicilio:........................................................................................................


Anexo III

Informe sobre constatación de la adecuación del edificio subdividido por el Régimen de Propiedad Horizontal (Ley Nacional 13.512) según plano P.H ...................... a los términos del Decreto 2.489/63 (artículo 6°).

De acuerdo a la inspección ocular practicada por el suscripto, según lo establecido por la Disposición 562/91, el bien objeto de la verificación designado catastralmente como: Partido ; ...........................................................; Circ. ...........................................; Sec ...................... ; Mz. .............................................Parcela ...............................................; U.F. N° ............................; U. Comp. ........................................... se encuentra encuadrado en el inciso...... su estado constructivo es ................................................................................................................
Observaciones:..........................................................................................
...................................................................................................................
...................................................................................................................
..................................................................................................................

Manifiesto que conozco las penalidades establecidas por la legislación vigente relativa a: "el que insertara o hiciera insertar en un instrumento público declaraciones falsas" C.P. Artículo 293°.

Lugar y Fecha: ......................................................................................................................

...................................................

Firma del profesional actuante

Nombre y Apellido:.........................................................................................

Matrícula C.P.A. (Ley 10.321) .......................................................................................

Domicilio:..........................................................................................