Disposición 698/98  
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  La Plata, 6 de marzo de 1998

Visto la necesidad de armonizar las situaciones jurídico-catastrales que se presentan en los distintos Departamentos que conforman esta Dirección provincial y,

CONSIDERANDO:

Que el Catastro Provincial constituye el registro del estado de hecho de la cosa inmueble, en relación con el derecho de propiedad emergente de los títulos invocados o de la posesión ejercida:

Que asimismo el Catastro es la base del sistema inmobiliario desde los puntos de vista tributario, de policía y de ordenamiento administrativo del dominio;

Que en tal sentido la Ley 10.707 asigna a esta Dirección Provincial de Catastro Territorial el carácter de autoridad de aplicación en materia valuatoria y a cuyo cargo esta el cumplimiento de la Ley y el ejercicio del poder de policía catastral;

Que junto con la precitada norma resultan de aplicación en el ámbito de esta Repartición el Código Fiscal, la Ley Impositiva dictada para cada año, la Ley de Procedimientos Administrativos y las Disposiciones normativas emanadas de esta Dirección;

Que ante lo expuesto resulta oportuna la intervención de un profesional del derecho perteneciente al Departamento Descentralización y Sistematización Catastral - División Técnico Legal - en los distintos Departamentos Zona, a fin de optimizar el procedimiento administrativo en lo que respecta a las situaciones jurídicas catastrales;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CATASTRO TERRITORIAL
DISPONE:

Artículo 1°: Arbitrar los medios necesarios para la organización jurídico-catastral en los once Departamentos Zonas de la Dirección de Régimen Catastral.-

Artículo 2°: El Departamento Descentralización y Sistematización catastral tendrá a su cargo la implementación de lo dispuesto en el artículo anterior, incluido el dictado de talleres de capacitación.-

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a quien corresponda. Cumplido archívese.-