Circular 1/99  
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A DEPARTAMENTO ZONA

La Plata, 23 de Febrero de 1999

En atención a que se han verificado casos en los que se han recepcionado Declaraciones Juradas de Avalúo, presentadas por los contribuyentes, durante el año 1998, sin indicación, en el ítem -DATA-, de la fecha completa (día - mes - año), correspondiente a los edificios y mejoras construidas a partir del año 1998, conforme lo exige la Disposición 2.876/97 y a fin de proceder a su incorporación al padrón inmobiliario, los Departamentos Zona dependientes de la Dirección de Régimen Catastral deberán tomar como fecha para la DATA la consignada en el sello receptor de la Repartición Pública.

La solución antes indicada tiene carácter restrictivo puesto que en los casos que la DATA haya sido completada debidamente por el contribuyente, deberá ingresarse la documentación conforme esa información.

Se indica a todas las zonas que cuenten con Declaraciones Juradas de Avalúo en las citadas condiciones, que deberán incorporar las mismas a la base de datos en forma inmediata.

Por otra parte, se comunica que se instruirá a las Delegaciones a través de la Dirección de Catastro Económico, a efectos de que, si cuentan con Declaraciones Juradas de Avalúo en las condiciones citadas, sean enviadas en forma inmediata a los Departamentos Zona que correspondan.